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10 Mar 2020
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Lo que debe hacer el estado español tras la sentencia histórica sobre violencia obstétrica

Tal y como relatamos ayer nos hacemos hoy eco del comunicado publicado por el Observatorio de Violencia Obstétrica (OVO), sobre la condena histórica impuesta por la ONU al Estado español.

Haz clic en los siguientes enlaces para leer el comunicado íntegro, en castellano y en inglés. [Página web de la abogada del caso, Francisca Fernández Guillén]

Ingresar en el hospital fue como entrar en un túnel de lavado, en una cadena de montaje: todo el mundo te hace cosas de forma mecánica. La mujer no hace nada, pero sale del túnel con un bebé. Si esto pasa en otro tipo de asistencia médica, como por ejemplo una operación del corazón, la persona no tiene que hacer nada, está preparada para la pasividad, pero en un parto una mujer está preparada física y psicológicamente para parir, no para que la paran. Me sentí desautorizada, sin autoestima. El vínculo con mi hija lo he tenido que crear a pulso, racionalmente”

Lo cuenta S.M.F, tras su experiencia de atención al parto en un hospital público español. Le cortaron la piel, músculos y nervios que rodean la vagina (episiotomía) sin pedirle permiso y fue separada durante varios días de su hija recién nacida. La niña acabó ingresada en la unidad de neonatología por una infección adquirida durante los más de 10 tactos vaginales a los que fue sometida y para los que tampoco se pidió su consentimiento.

Lo que debe hacer el Estado

Además de indemnizar económicamente a las víctimas por los daños físicos y psicológicos, dado que el Comité ha reconocido que se trata de una situación estructural, España debe

  1. asegurar los derechos de la mujer a una maternidad sin riesgo y el acceso de todas las españolas a una atención obstétrica adecuada

  2. realizar estudios sobre la violencia obstétrica que permitan visibilizar la situación y así orientar las políticas públicas de lucha contra esa forma de violencia;

  3. formar a los profesionales de la obstetricia en materia de derechos de salud reproductiva de la mujer; y, por último

  4. asegurar el acceso a recursos eficaces en los casos en los que los derechos de las mujeres hayan sido violados durante la atención obstétrica y proporcionar formación específica a los jueces y demás órganos encargados de velar por el cumplimiento de la ley.

Esta Resolución es clave para que las autoridades entiendan la importancia de la formación en el abordaje de los estereotipos de género en la atención médica y para crear políticas de salud que no discriminen a las mujeres y reconozcan su capacidad para tomar decisiones libres e informadas sobre el embarazo y el parto.