Sentencia Tribunal Constitucional - Febrero 2016
El Tribunal Constitucional ampara la entrega a la familia del cuerpo de niños y niñas fallecidos en cualquier momento de la gestación en base a los derechos a la intimidad personal y familiar reconocidos en el artículo 18.1 de la Constitución.
Tanto las autoridades sanitarias como las autoridades judiciales de primera y segunda instancia del caso analizado vulneraron este derecho, ignorando la Sentencia del Tribunal europeo de derechos humanos de 14 de febrero de 2008 (Asunto Hadri-Vionnet c. Suiza) ,que ya había apreciado violación del artículo 8 del CEDH (derecho al respeto de la vida privada y familiar) por haberse privado a la madre del derecho a estar presente en el traslado y entierro de su hijo nacido muerto en un parto prematuro.