Buenas noches.
No sé si entiendo bien de lo que habla este artículo. De poder dar un nombre al bebé en el legajo de abortos o de poderlo inscribir en el libelo de familia o en otro tipo de registro?
Mi hija falleció a las 35 semanas de gestación hace casi un año. Está inscrita e el legajo de abortos (o registro de criaturas abortivas, no sé si es lo mismo) como "feto de...". Según esto, podría solicitar que en dicho registro tenga su nombre, verdad? Pero inscribirla en el libro de familia??
Gracias