Vaya de antemano mi apoyo hacia esta madre y su derecho a tener un parto respetado y seguro (tanto si es en un hospital como si lo es en su domicilio).
No obstante, desde un punto de vista legal, la sentancia del tribunal de derechos humanos no hace referencia a la obligatoriedad del estado de cubrir los gastos del parto domiciliario (cosa que sería no solo razonable sino económico) sino a evitar las normas que impidan o dificulten que puedan ser atendidos por profesionales sanitarios.
Tenéis una información más amplia en castellano sobre esa sentencia en este enlace del Blog del Parto en Casa
http://educer.es/sentencia-del-tribunal-europeo-de-los-derechos-humanos-sobre-parto-en-casa/