Escribí esta carta, a la gerente del Instituto Madrileño del Menor, la pego por si os gusta como está para que copiéis y peguéis poniendo vuestros datos:
(Ciudad de residencia) a 6 de Junio de 2011
A la atención de Dª Paloma Martín Martín .
Gerente del Instituto Madrileño del Menor y la Familia:
Yo ,(Nombre y apellidos propio )con DNI nº (número) ciudadana española residente en (ciudad de residencia) transmito mi deseo y mi preocupación solicitando una reparación del daño causado a Habiba y a su hija , basado en los hechos acontecidos en sus dependencias:
Hace seis días y medio, el Instituto Madrileño del Menor y la Familia (IMMF) decidió separar a la niña de la madre por no cumplir con los objetivos de un programa de psicoterapia y “habilidades maternales” que implica abandonar la lactancia materna a demanda y prolongada por considerarla “caótica” y “perjudicial para los niños y niñas”.
Con estas consideraciones, todas carentes de base científica y legal, se obliga a las madres lactantes a tomar una medicación para que se les vaya retirando la leche.
Considero el caso de Habiba y su hija como una gravísima violación de los Derechos Humanos y de los Derechos del Niño.
El daño ya está hecho, pero si madre e hija se reúnen inmediatamente podrá ser reparado.
Sirva además para evitar futuras acciones que atenten contra el bienestar social.
Esta denuncia está documentada con las siguientes informaciones de uso público e inalterable y procurando la fuente donde se menciona:
• Ateniéndome a lo escrito por ustedes en el enlace:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?pagename=ComunidadMadrid/Estructura&language=es&idListConsj=1109265444710&idConsejeria=1109266187278&packedArgs=idOrganismo%3D1109266227723%26cid%3D1109266227723%26c%3DCM_Agrupador_FP
“El Instituto Madrileño del Menor y la Familia se encarga de coordinar una serie de actuaciones que inciden en el bienestar social de los niños, así como promocionar políticas de protección a las familias. Además, dirige y gestiona los centros de acogida, residencias y hogares de protección, residencias específicas, residencias en régimen especial y centros no residenciales para la atención a menores en la Comunidad de Madrid.”
• Documento mi denuncia con lo publicado por organismos tan reputados como La Asociación Española de Pediatría, que viene a decir entre otras cosas:
http://www.aeped.es/comite-lactancia-materna/recomendaciones
¿Por qué lactancia materna?
La leche materna es el mejor alimento que una madre puede ofrecer a su hijo recién nacido. No sólo considerando su composición sino también en el aspecto emocional ya que el vínculo afectivo que se establece entre una madre y su bebé amamantado constituye una experiencia especial, singular e intensa. Existen sólidas bases científicas que demuestran que la lactancia materna es beneficiosa para el niño, para la madre y para la sociedad, en todos los países del mundo.
La leche materna contiene todo lo que el niño necesita durante los primeros meses de la vida. Protege al niño frente a muchas enfermedades tales como catarros, bronquiolitis, neumonía, diarreas, otitis, meningitis, infecciones de orina, enterocolitis necrotizante o síndrome de muerte súbita del lactante, mientras el bebé está siendo amamantado; pero también le protege de enfermedades futuras como asma, alergia, obesidad, enfermedades inmunitarias como la diabetes, la enfermedad de Crohn o la colitis ulcerosa y arterioesclerosis o infarto de miocardio en la edad adulta y favorece el desarrollo intelectual.
Los beneficios de la lactancia materna también se extienden a la madre. Las mujeres que amamantan pierden el peso ganado durante el embarazo más rápidamente y es más difícil que padezcan anemia tras el parto, también tienen menos riesgo de hipertensión y depresión postparto. La osteoporosis y los cánceres de mama y de ovario son menos frecuentes en aquellas mujeres que amamantaron a sus hijos.
Desde otro punto de vista, la leche materna es un alimento ecológico puesto que no necesita fabricarse, envasarse ni transportarse con lo que se ahorra energía y se evita contaminación del medio ambiente. Y también es económica para la familia, que puede ahorrar cerca de 600 € en alimentación en un año. Además, debido a la menor incidencia de enfermedades, los niños amamantados ocasionan menos gasto a sus familias y a la sociedad en medicamentos y utilización de Servicios Sanitarios y originan menos pérdidas por absentismo laboral de sus padres.
Por todas estas razones y de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Academia Americana de Pediatría (AAP), el Comité de Lactancia de la Asociación Española de Pediatría recomienda la alimentación exclusiva al pecho durante los primeros 6 meses de la vida del niño y continuar el amamantamiento junto con las comidas complementarias adecuadas hasta los 2 años de edad o más.
• Por otro lado Unicef viene diciendo sobre los Derechos del Niño en este enlace:
http://www.unicef.org/spanish/crc/
“La misión de UNICEF consiste en proteger los derechos de niños y niñas, para contribuir a resolver sus necesidades básicas y ampliar sus oportunidades a fin de que alcancen su pleno potencial. Para ello, UNICEF se rige bajo las disposiciones y principios de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Basada en diversos sistemas jurídicos y tradiciones culturales, la Convención está compuesta de una serie de normas y obligaciones aceptadas por todos. Estas normas básicas -denominadas también derechos humanos- establecen derechos y libertades mínimas que los gobiernos deben cumplir. Se basan en el respeto a la dignidad y el valor de cada individuo, independientemente de su raza, color, género, idioma, religión, opiniones, orígenes, riqueza, nacimiento o capacidad, y por tanto se aplican a todos los seres humanos en todas partes. Acompañan a estos derechos la obligación de los gobiernos y los individuos de no infringir los derechos paralelos de los demás. Estas normas son interdependientes e indivisibles; no es posible garantizar algunos derechos a costa de otros.
Un instrumento jurídicamente vinculante
La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. En 1989, los dirigentes mundiales decidieron que los niños y niñas debían de tener una Convención especial destinada exclusivamente a ellos, ya que los menores de 18 años precisan de cuidados y protección especiales, que los adultos no necesitan. Los dirigentes querían también asegurar que el mundo reconociera que los niños y niñas tenían también derechos humanos.
La Convención establece estos derechos en 54 artículos y dos Protocolos Facultativos. Define los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en todas partes: el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social. Los cuatro principios fundamentales de la Convención son la no discriminación; la dedicación al interés superior del niño; el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo; y el respeto por los puntos de vista del niño. Todos los derechos que se definen en la Convención son inherentes a la dignidad humana y el desarrollo armonioso de todos los niños y niñas. La Convención protege los derechos de la niñez al estipular pautas en materia de atención de la salud, la educación y la prestación de servicios jurídicos, civiles y sociales.
Al aceptar las obligaciones de la Convención (mediante la ratificación o la adhesión), los gobiernos nacionales se han comprometido a proteger y asegurar los derechos de la infancia y han aceptado que se les considere responsables de este compromiso ante la comunidad internacional. Los Estados parte de la Convención están obligados a la estipular y llevar a cabo todas las medidas y políticas necesarias para proteger el interés superior del niño.“
Según lo expuesto a ustedes no se ha seguido procedimiento legal alguno para separar a esta madre de su hija, ni se ha permitido a la madre despedirse ni se le ha dicho a dónde iría la niña, produciendo a ambas una grave indefensión. Habiba está con los pechos congestionados de leche, al borde de la mastitis y con el corazón partido de dolor sin apenas dormir ni comer, angustiada por no poder estar junto a su hija. Esta madre ha sido valorada por una psicóloga y una psiquiatra y no presenta ningún indicio de enfermedad mental, ni consumo de drogas ni nada que justifique ser víctima de semejante agresión.
A Habiba se le echó del centro a la calle en el mismo momento en el que se llevaron a su hija, diciéndole que ella ya no tenía plaza en ese lugar, pues es un recurso para madres e hijos y ella ya no tiene hija. Una Fundación de ayuda humanitaria ha decidido amparar a esta madre dotándole de alojamiento y manutención, así como de apoyo jurídico. Estamos profundamente consternados por el dolor de Habiba y nos duele imaginar en qué circunstancias estará la niña de 15 meses, separada de su madre, sometida a un destete abrupto, sin que probablemente nadie le haya explicado nada.
Consideramos el caso de Habiba y su hija como una gravísima violación de los Derechos Humanos y de los Derechos del Niño.
Solicito enmendar el daño y que madre e hija se reúnan inmediatamente .
(Nombre y apellidos)